Rendición de cuentas

Seguimiento del plan de mandato, con la evidencia del gasto.

«¿Se cumple lo prometido?» tiene una respuesta mejor que un porcentaje: cada compromiso conectado con la partida, la obra o el contrato que lo hace posible.

Página de compromisos del mandato con avance medio, compromisos cumplidos y en progreso e importe comprometido
Qué se publica

Lo prometido, conectado con lo gastado.

Cada compromiso, con su estado

Los compromisos del plan de mandato y del plan de actuación municipal, clasificados como cumplidos, en curso, pendientes o incumplidos, con su grado de avance.

La evidencia, enlazada al gasto

Cada compromiso se apoya en la partida, la obra o el contrato que lo respalda. El avance no es lo que se declara, sino lo que se ha gastado y ejecutado.

Historias y «antes y después»

Lo que ya se ha hecho se cuenta con imágenes y una explicación breve, para que el vecino reconozca el resultado en su calle.

Indicadores de resultado

Indicadores de los servicios que permiten ver si lo invertido ha cambiado algo, además de si se ha gastado.

Lo que hay que evitar

Tres formas de que el seguimiento no convenza a nadie.

Medir el avance por lo declarado

Un porcentaje de cumplimiento sin evidencia detrás es fácil de discutir y difícil de defender en un pleno.

Esconder lo incumplido

Si solo aparece lo cumplido, el seguimiento parece propaganda. Explicar por qué algo no se ha hecho da credibilidad al resto.

Publicar una vez al año

Un informe anual en PDF llega tarde y lo lee poca gente. El seguimiento útil se actualiza a medida que avanza el gasto.

Si la entidad tiene un proceso de presupuestos participativos, los proyectos votados pueden seguirse del mismo modo con Participa .

Preguntas frecuentes

Sobre el plan de mandato.

¿Qué es el seguimiento del plan de mandato?

Es la publicación periódica del grado de cumplimiento de los compromisos que el gobierno municipal asume para la legislatura: qué se ha hecho, qué está en marcha y qué no. Es una de las formas más directas de rendición de cuentas ante la ciudadanía.

¿Es obligatorio publicarlo?

El artículo 6.2 de la Ley 19/2013 obliga a publicar los planes y programas anuales y plurianuales con sus objetivos, actividades, medios y tiempo previsto, y su grado de cumplimiento y resultados, que deben evaluarse periódicamente. Muchas leyes autonómicas lo concretan más. La forma de presentarlo la decide la entidad.

¿Cómo se relaciona con el presupuesto?

En el Visor cada compromiso se enlaza con la partida, la obra o el contrato que lo hace posible. Así el vecino ve no solo que algo se prometió y se hizo, sino cuánto costó y quién lo ejecutó.

¿Quién actualiza el avance de cada compromiso?

La entidad, desde el panel de gestión. Lo habitual es que cada área mantenga los suyos y que un responsable revise antes de publicar.

¿Sirve también para planes estratégicos o sectoriales?

Sí. El plan de mandato es el caso más común, pero la misma estructura sirve para un plan de actuación municipal u otros planes con objetivos y actuaciones medibles.

Que lo prometido se pueda comprobar

Te enseñamos cómo quedaría el seguimiento de tu plan de mandato, unido a tu presupuesto.

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