Gobernanza

Cómo hacer un plan de gobierno abierto municipal, paso a paso

Guía para elaborar el plan de gobierno abierto de tu ayuntamiento: diagnóstico, cocreación con la ciudadanía, compromisos e indicadores, seguimiento público y evaluación.

Gesgocom
7 min de lectura

Un plan de gobierno abierto municipal es el documento en el que un ayuntamiento fija, para un periodo concreto, qué compromisos asume en transparencia, participación ciudadana, colaboración y rendición de cuentas, quién los ejecuta, en qué plazo y con qué indicadores se medirá su cumplimiento. Para hacerlo bien hay que partir de un diagnóstico de lo que ya hace la entidad, construir los compromisos con la ciudadanía, aprobarlos, publicar su seguimiento y evaluar los resultados al final del periodo. No hay una ley estatal que obligue a tenerlo, pero sí un marco normativo que lo sostiene y lo hace útil.

Qué es el gobierno abierto y en qué se apoya

El gobierno abierto es una forma de gestionar lo público basada en abrir la información, las decisiones y la colaboración a la ciudadanía. Se suele explicar a partir de cuatro pilares:

  • Transparencia: publicar la información pública de forma comprensible y reutilizable, y facilitar el acceso a la que no está publicada.
  • Participación: dar a los vecinos la posibilidad real de intervenir en las decisiones que les afectan.
  • Colaboración: trabajar con otras administraciones, con el tejido asociativo, la universidad o las empresas para resolver problemas comunes.
  • Rendición de cuentas e integridad: explicar lo que se ha hecho, asumir responsabilidades y prevenir los malos usos.

Un plan de gobierno abierto concreta esos pilares en compromisos medibles. Su valor está en convertir principios generales en tareas con responsable y fecha.

El marco normativo para un ayuntamiento

No existe una obligación estatal de aprobar un plan de gobierno abierto, pero varias normas empujan en esa dirección:

  • La Ley 19/2013, de transparencia, que obliga a la publicidad activa y regula el derecho de acceso.
  • La Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, cuyo artículo 70 bis obliga a los ayuntamientos a establecer y regular, en normas de carácter orgánico, procedimientos y órganos adecuados para la participación de los vecinos, y a impulsar el uso de las tecnologías de la información para facilitarla.
  • La Ley 39/2015, cuyo artículo 133 prevé la consulta pública previa y la audiencia en la elaboración de normas.
  • Las leyes autonómicas de transparencia, participación o gobierno abierto, que en varias comunidades amplían bastante las obligaciones locales.

Si quieres repasar qué puede y qué no puede hacer un ayuntamiento en materia de participación, lo explicamos en el marco legal de la participación ciudadana.

La Alianza para el Gobierno Abierto y OGP Local

La Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership, OGP) es una iniciativa internacional en la que los países participantes aprueban planes de acción con compromisos cocreados con la sociedad civil. España forma parte de ella desde 2011.

Su programa para gobiernos subnacionales, OGP Local, permite que ayuntamientos y otras entidades territoriales se incorporen mediante convocatorias periódicas. La candidatura exige, entre otras cosas, una carta de apoyo firmada por quien dirige el gobierno local y por al menos una organización de la sociedad civil, y demostrar que hay personas y medios para cocrear y seguir el plan. Aunque tu ayuntamiento no se presente, la metodología de OGP es una buena referencia: compromisos ambiciosos pero concretos, cocreados con la ciudadanía y evaluados de forma independiente.

Cómo hacer el plan, paso a paso

1. Haz un diagnóstico de partida

Antes de prometer nada, revisa lo que ya existe: el estado del portal de transparencia, el reglamento de participación ciudadana, los órganos de participación que funcionan y los que no, los procesos participativos de los últimos años y los datos abiertos que se publican. Detectarás compromisos que ya se están cumpliendo sin nombre y huecos evidentes.

2. Define el equipo y el liderazgo

El plan necesita un impulso político claro y un equipo técnico que lo coordine. Lo habitual es una unidad responsable de gobierno abierto o de participación, con interlocutores en las áreas que asumirán compromisos. Si las áreas no participan desde el principio, los compromisos se quedan en papel.

3. Abre la cocreación

Un plan de gobierno abierto hecho a puerta cerrada contradice su propio nombre. Organiza una fase de participación en la que vecinos, asociaciones y personal municipal propongan y prioricen compromisos: encuestas, talleres, un foro en línea o una mesa con las entidades del municipio. Explica desde el inicio qué se puede decidir y qué no, y cómo se responderá a cada propuesta. Muchas veces la gente no participa porque no ve qué pasa con lo que aporta; lo analizamos en por qué no participa la gente en los procesos participativos.

4. Redacta compromisos concretos

Cada compromiso debería responder a cinco preguntas: qué problema resuelve, qué se va a hacer, quién es el responsable, en qué plazo y cómo se sabrá si se ha cumplido. Un ejemplo flojo sería «mejorar la transparencia». Uno útil sería «publicar en formato reutilizable los contratos menores de cada trimestre, en el mes siguiente a su cierre».

5. Asigna indicadores

Para cada compromiso, define uno o dos indicadores sencillos de medir. Combina indicadores de ejecución (se ha hecho o no, en plazo o no) con alguno de resultado cuando sea razonable (por ejemplo, número de aportaciones respondidas en un proceso participativo). Evita indicadores que nadie va a poder recoger.

6. Apruébalo y publícalo

El plan se aprueba por el órgano que corresponda según la organización municipal, a menudo la junta de gobierno o el pleno. Publícalo en el portal de transparencia junto con el informe de la fase de cocreación, en el que se explique qué propuestas se han incorporado y por qué otras no.

7. Publica el seguimiento

Un tablero sencillo con el estado de cada compromiso, actualizado cada pocos meses, vale más que un informe largo al final. Si un compromiso se retrasa, dilo y explica por qué.

8. Evalúa y prepara el siguiente

Al terminar el periodo, evalúa el grado de cumplimiento, recoge la opinión de quienes participaron y usa las conclusiones para el siguiente plan. Si la evaluación la hace alguien ajeno al equipo que ejecutó el plan, gana credibilidad.

Compromisos habituales en un plan municipal

  • Transparencia: mejorar la nota del portal, publicar datos abiertos, explicar el presupuesto de forma comprensible.
  • Participación: aprobar o actualizar el reglamento de participación ciudadana, poner en marcha presupuestos participativos, sistematizar la consulta pública previa de ordenanzas.
  • Colaboración: convenios con entidades del municipio, laboratorios ciudadanos, retos abiertos con la universidad.
  • Integridad: código ético, agenda pública de cargos, canal de denuncias accesible.

La consulta pública previa en las ordenanzas

El artículo 133 de la Ley 39/2015 prevé que, antes de elaborar un proyecto de reglamento, se sustancie una consulta pública en el portal web de la administración para recabar la opinión de los afectados sobre los problemas que se quieren resolver, la necesidad de la norma, sus objetivos y las alternativas. Admite excepciones, como las normas presupuestarias u organizativas o las que no tienen un impacto significativo. Su aplicación a las ordenanzas municipales ha generado interpretaciones distintas y varias leyes autonómicas la regulan. Incluir en el plan el compromiso de hacerla de forma sistemática, con un modelo y un plazo fijos, despeja dudas y es fácil de medir.

Errores habituales

  • Demasiados compromisos. Mejor diez que se cumplen que cuarenta que se arrastran.
  • Compromisos que ya estaban hechos o que son obligaciones legales sin ninguna mejora añadida.
  • Participación sin devolución. Si las propuestas no reciben respuesta, el siguiente plan tendrá menos participación.
  • Sin seguimiento público. El plan se aprueba con una nota de prensa y no se vuelve a saber de él.
  • Sin presupuesto. Los compromisos que requieren recursos deben tenerlos previstos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto debe durar un plan de gobierno abierto municipal?

No hay una duración legal. Lo habitual es entre dos y cuatro años, y conviene que no se solape mal con el cambio de mandato para que el equipo que lo aprueba pueda rendir cuentas de él.

¿Es obligatorio tener un plan de gobierno abierto?

No con carácter general en la normativa estatal. Algunas leyes autonómicas sí prevén planes o programas de gobierno abierto, así que conviene revisar la de tu comunidad.

¿Hace falta un reglamento de participación ciudadana?

El artículo 70 bis de la Ley 7/1985 pide regular la participación en normas de carácter orgánico. Muchos ayuntamientos lo hacen con un reglamento propio, y es frecuente que el plan de gobierno abierto incluya su aprobación o actualización.

¿Qué herramienta digital necesito?

Para la cocreación y los procesos participativos sirve cualquier plataforma que permita proponer, comentar, votar y, sobre todo, responder a cada aportación. Nuestra plataforma Participa está pensada para eso.

Cómo te ayudamos

Diseñamos contigo el plan de gobierno abierto: hacemos el diagnóstico, dinamizamos la cocreación con la ciudadanía y redactamos compromisos e indicadores que se puedan cumplir y medir. También te ayudamos con el reglamento de participación y con los procesos que salgan del plan. Tienes el detalle en gobierno abierto y participación.

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